España, el segundo país más visitado del mundo, atrae no solo a turistas, sino también a quienes sueñan con establecerse aquí. Su clima mediterráneo, costo de vida asequible, infraestructura desarrollada y regímenes fiscales favorables lo hacen atractivo para expatriados, jubilados, nómadas digitales e inversores. En 2025, el sistema migratorio español sufrirá cambios: el Visado Dorado desaparecerá, pero otras opciones seguirán vigentes. Analicemos todas las vías para una relocalización legal. 

 Golden Visa — Última oportunidad hasta abril de 2025 
Lanzado en 2013, este programa permitió a miles de inversores obtener residencia contribuyendo a la economía española. Sin embargo, las solicitudes para el Visado Dorado cerrarán el 3 de abril de 2025. Quienes presenten la documentación antes de la fecha límite podrán renovar su estatus indefinidamente. 

Requisitos:  

  • Inversión en bienes raíces — Desde €500.000 en una o varias propiedades.  
  • Proyectos empresariales — Creación de empleo o iniciativas innovadoras. 

    Beneficios:  
  • Tramitación rápida (3 semanas).  
  • No requiere residencia permanente en España.  
  • No convierte al titular en residente fiscal (impuestos solo sobre ingresos españoles).
  • Permiso de trabajo opcional. 

    Para: Inversores adinerados que buscan movilidad sin obligaciones fiscales. 

    Visado para Nómadas Digitales (DNV) — El nuevo favorito 
    Con el fin del Visado Dorado, el DNV se convierte en la opción principal para trabajadores remotos. Combina flexibilidad con beneficios fiscales similares a la Ley Beckham. 

    Requisitos:  
  • Prueba de empleo remoto o trabajo freelance.  
  •  Ingresos a partir de 2.762€/mes (para el solicitante principal) + 1.036€ (cónyuge), cada miembro familiar adicional: + 345€. 

    Ventajas fiscales:  
  •  0% de impuestos sobre ingresos y activos en el extranjero.  
  •  Tasa fija del 24% sobre ingresos obtenidos en España (hasta €600.000/año).  
  • Exención de declarar activos en el extranjero (Formulario 720) y del impuesto sobre el patrimonio. 

    Duración: 3 años, renovable. Ideal para profesionales de TI, emprendedores, blogueros y personas con alto patrimonio (HNWI).  

 Beneficios fiscales: Ley Beckham (para ciudadanos de la UE/EEE)  
Ciudadanos de la UE/EEE que se trasladen a España con un contrato laboral pueden acceder a un régimen fiscal especial:  

  • 0% de impuestos sobre ingresos/activos en el extranjero.  
  • Tasa fija del 24% sobre ingresos en España (vs. tasas progresivas de hasta 47%). 

    Condiciones:  
  • Contrato laboral con una empresa española (no autónomos).  
  • No haber sido residente fiscal en España los últimos 5 años. 

     Visados para No Trabajadores: Jubilados y rentistas 
    El Visado No Lucrativo (NLV) está diseñado para quienes viven de ingresos pasivos o pensiones. 

    Requisitos:  
  • Ingresos anuales de €28.800+ (solicitante principal) + €7.200+ por dependiente. 
  • Prohibición de trabajar en España. 

    Duración: 1 año (renovable por 2 años). Residencia permanente (PR) posible tras 5 años. 

    Inmigración Empresarial: Visado lucrativo 
    Para emprendedores que deseen crear una empresa en España:  
  •  Inversión de €80.000–100.000.  
  •  Creación de empleo para ciudadanos españoles.  
  •  Prueba anual de rentabilidad del negocio. 

    Duración: 1 año (renovable). Otorga residencia para toda la familia. 

    Reunificación familiar 
    El Visado Familiar cubre:  
  • Cónyuges/parejas (incluidas uniones del mismo sexo).  
  •  Hijos menores de 18 años.  
  •  Padres dependientes. 

    Condiciones:  
  •  Prueba de estabilidad financiera del patrocinador.  
  • Residencia legal del patrocinador en España. 

    ¿Por qué España? 
    Beneficios fiscales: Regímenes preferenciales para extranjeros.  
    Calidad de vida: Sanidad, educación y seguridad de primer nivel.  
    Geografía: Acceso sin visado al espacio Schengen.

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