El Gobierno de la Generalitat de Cataluña y los Comuns han acordado una serie de reformas fiscales con el objetivo de regular el mercado inmobiliario garantizar el acceso a la vivienda. A continuación, se detallan los cambios principales y sus implicaciones:
1. Reforma del impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP)
Nuevas escalas impositivas:
- Hasta 600.000€: Mantiene el 10%.
- 600.000€ – 900.000€: 11%.
- 900.001€ – 1.500.000€: 12%.
- Más de 1.500.000€: 13%.
Tasa del 20% para grandes tenedores
¿Quién es el grand tenedor?
- Propietarios de 5 o más viviendas en zonas tensionadas (ej: Barcelona).
- Propietarios de 10 o más viviendas en otras áreas.
Aplicación: transmisiones de edificios enteros (con o sin división horizontal).
Excepciones:compradores particulares que adquieran edificios con menos de 5 viviendas para uso como residencia principal durante mínimo 3 años.
Objetivo: desincentivar la acumulación de propiedades con fines especulativos.
2. Eliminación de bonificaciones para empresas inmobiliarias
Medida: supresión de beneficios fiscales en operaciones de compraventa para empresas del sector.
Compensaciones sociales:
- Víctimas de violencia de género: tipo reducido del 5% en ITP para adquisición de vivienda habitual.
- Deducción en IRPF: aplicable a alquileres de vivienda habitual, vigente desde enero de 2025.
3. Aumento del impuesto turístico
En Barcelona:
- Hoteles 5 estrellas: de 3,50€ a 7€ por noche (hasta 15€ con recargo municipal).
- Viviendas turísticas: De 2,25€ a 4,50€.
- Cruceros (<24h): De 3€ a 6€.
Fuera de Barcelona:
- Hoteles 5 estrellas: de 3€ a 6€.
- Municipios: autorización para aplicar recargos de hasta 4€ adicionales.
Destino de los fondos: el 25% de lo recaudado se destinará a políticas públicas de vivienda.
Postura del sector inmobiliario: algunos expertos advierten posibles efectos negativos en la inversión, especialmente en áreas urbanas con regulaciones previas.
5. Proceso legislativo:
las reformas se formalizarán mediante un decreto ley, pendiente de aprobación por el Parlamento de Cataluña. Una vez publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), entrarán en vigor de manera inmediata.
Recomendaciones:
- Propietarios e inversores: consultar con asesores fiscales para evaluar el impacto en carteras existentes o futuras.
- Ciudadanía general: mantenerse informada a través de canales oficiales durante la transición normativa.