A partir del 4 de abril de 2025, entrará en vigor en España una versión actualizada del artículo 795 del Código Procesal Penal. La reforma busca proteger a los propietarios de viviendas frente a ocupaciones ilegales (okupación) y agilizar la recuperación de inmuebles. Te explicamos cómo funciona y qué debes saber.  

¿Cuándo se aplica la ley?  
La reforma cubre únicamente casos donde los ocupantes carecen de fundamento legal para residir en el inmueble. Esto incluye dos escenarios principales:  
1. Allanamiento de morada — Por ejemplo, cuando desconocidos ocupan una vivienda habitual o secundaria (como una casa de vacaciones).  
2. Usurpación de propiedad — Ocupación no autorizada de edificios no residenciales, como naves industriales abandonadas, oficinas o locales comerciales.  

La ley no aplica si existió un contrato de alquiler (aunque esté vencido o rescindido). Por ejemplo, si un inquilino deja de pagar o se niega a marcharse tras finalizar el contrato (inquiokupación), el conflicto se resolverá en tribunales civiles — un proceso más lento y complejo.  

¿Qué cambia?  
1. Procesos judiciales más rápidos (juicio rápido):  
- Los casos se priorizan:  
- 15 días — plazo máximo para iniciar una audiencia tras presentar la denuncia.  
- 3 días — tiempo para emitir un veredicto tras la audiencia.  
- El desalojo se ejecuta inmediatamente tras la sentencia, sin demoras.  

2. Factores sociales ya no se consideran  
Antes, los jueces evaluaban circunstancias como hijos, desempleo o dificultades económicas de los ocupantes. Ahora, estos factores no mitigan las penas — la ocupación se considera un delito penal.  

3. Intervención policial en las primeras 48 horas  
Si la ocupación se reporta en las primeras 48 horas, la policía puede desalojar sin orden judicial. Pasado este plazo, se requiere una orden de un juez (por garantías constitucionales de inviolabilidad del hogar).  

4. Penalizaciones más duras por violencia o fines delictivos  
Si la ocupación implica amenazas, daños a la propiedad o actividades ilegales (como tráfico de drogas), los responsables enfrentan:  
- Multas elevadas,  
- Penas de prisión (según la gravedad).  

¿Qué hacer si ocupan tu vivienda?  
1. Actúa rápido — Contacta a la policía de inmediato para resolverlo sin juicio.  
2. Reúne documentos:  
- Escritura (escritura de propiedad),  
- Recibos del impuesto IBI,  
- Contrato de alquiler (si aplica y está rescindido).  
3. Presenta una denuncia en el juzgado o comisaría — los desalojos se priorizan.  

¿Por qué es importante?  

La reforma responde al aumento de ocupaciones ilegales y las quejas de propietarios sobre fallos del sistema anterior. La ley busca equilibrar derechos de dueños y garantías constitucionales, pero su éxito depende de la rapidez de los propietarios.  

Ante la primera señal de ocupación, no confrontes a los ocupantes — puede ser peligroso. Contacta a la policía y documenta el hecho.  

Información actualizada a abril de 2025. Para asesoría detallada, consulta a un abogado especializado en propiedad inmobiliaria.