El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un aspecto fundamental en todas las operaciones de compraventa inmobiliaria en España. Conocer exactamente quién debe asumir este impuesto puede evitar conflictos y costes inesperados durante el proceso de transmisión de la propiedad.

¿Quién Debe Pagar el IBI?  

- El IBI es un tributo anual de carácter municipal.  

- Según la normativa vigente, el propietario registrado a 1 de enero es el obligado tributario del IBI correspondiente a ese año.  

- Si la compraventa ocurre durante el año, el ayuntamiento exigirá el pago al titular que constaba como dueño al inicio del año, independientemente de posteriores transmisiones.

Acuerdos entre las Partes  

- Es habitual que comprador y vendedor pacten una distribución proporcional del IBI en función del tiempo que cada uno ha sido propietario durante el año.  

- Este reparto debe quedar reflejado de forma clara y expresa en el contrato de compraventa.  

- Importante: El ayuntamiento no reconoce estos acuerdos privados. Cualquier compensación debe gestionarse directamente entre las partes.

Base Legal  

- Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículo 63: establece que el sujeto pasivo del IBI es el propietario a 1 de enero.  

- La jurisprudencia del Tribunal Supremo avala la validez de los acuerdos privados siempre que consten debidamente recogidos en el contrato.

Recomendaciones Prácticas  

- Negociar y documentar por escrito cualquier acuerdo sobre el reparto del IBI.  

- Consultar con un notario o asesor fiscal para garantizar que el acuerdo se ajusta a la normativa y queda correctamente reflejado.  

- Revisar las normativas locales, ya que pueden existir particularidades según el ayuntamiento correspondiente.

Resumen  

- El IBI anual corresponde al propietario a 1 de enero, aunque las partes pueden pactar una distribución diferente.  

- El ayuntamiento reclamará siempre el pago al titular registral de esa fecha.  

- Una negociación clara y el asesoramiento profesional son claves para evitar conflictos o gastos imprevistos en la operación de compraventa.