Panorama Actual
La instalación de sistemas de videovigilancia en comunidades de propietarios ha experimentado un crecimiento notable. En 2022, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) gestionó cerca de 2.200 reclamaciones relacionadas con videovigilancia, lo que representa un aumento del 26% respecto al año anterior. Este contexto ha convertido a la videovigilancia en la segunda causa más frecuente de reclamaciones ante la AEPD.
Beneficios de la Videovigilancia
- Prevención de robos y actos vandálicos.
- Resolución ágil de incidentes en espacios comunes.
- Detección de situaciones de riesgo, como agresiones o tráfico de drogas.
- Disuasión de actividades ilícitas (por ejemplo, uso indebido de viviendas).
Principales Riesgos y Conflictos
- Pérdida de privacidad y protección de los datos personales de los residentes.
- Reclamaciones por invasión de la intimidad, especialmente cuando las cámaras captan imágenes fuera de las zonas autorizadas.
Requisitos Legales y Buenas Prácticas
Zonas de Grabación Permitidas
- Solo está permitido grabar zonas comunes.
- La captación de imágenes en la vía pública solo se admite si es imprescindible para la seguridad y únicamente en los accesos.
- Prohibido captar imágenes de viviendas, terrenos colindantes o cualquier espacio ajeno.
Cámaras con Movimiento o Zoom
- Es obligatorio instalar máscaras de privacidad para evitar captar imágenes fuera de las áreas autorizadas.
Responsabilidad de la Comunidad
- La comunidad es responsable de cumplir la normativa vigente, incluso si contrata servicios externos de videovigilancia.
Instalaciones Particulares No Autorizadas
- No se permite la instalación de cámaras por parte de particulares sin el consentimiento adecuado, especialmente si apuntan a zonas comunes (como descansillos).
Gestión y Acceso a las Grabaciones
- Los sistemas de grabación deben ubicarse en lugares de acceso restringido.
- Solo personal autorizado, mediante usuario y contraseña, puede acceder a las imágenes.
Obligación de Señalización
- Es imprescindible colocar carteles visibles notificando la existencia del sistema de videovigilancia.
- Los carteles deben identificar al responsable de la instalación y proporcionar datos de contacto para ejercer los derechos recogidos en la normativa de protección de datos.
Conclusión
La videovigilancia puede aportar seguridad y tranquilidad en las comunidades de propietarios, siempre que se gestione conforme a la normativa vigente y con respeto a la privacidad de los vecinos. Un cumplimiento riguroso de la ley no solo evita sanciones por parte de la AEPD, sino que también fomenta un entorno de convivencia seguro y transparente.